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Notas sobre el Desayuno Legal: “NOVEDADES DEL NUEVO REGLAMENTO DE LA LOPD. RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA”

Como viene siendo habitual, y después de cada desayuno profesional, subimos las conclusiones y preguntas más destacadas realizadas por los asistentes. En relación con el Desayuno titulado: NOVEDADES DEL NUEVO REGLAMENTO DE LA LOPD. RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA, que celebramos el pasado 27 de Mayo, ponemos a su disposición las preguntas más interesantes que plantearon los asistentes, esperando que sean de su utilidad:

1 ¿A quién afecta la normativa? La normativa afecta principalmente a todo aquel que, con fines profesionales, trate datos personales, tanto de clientes, proveedores, empleados…y especialmente si utiliza nuevas tecnologías en su negocio (ficheros automatizados) aunque también afecta a ficheros en soporte papel.

2 En el caso de la cesión de datos, ¿quién es el responsable de realizar la protección de datos? ¿el que los cede ó el que los recibe? Ambos, los dos manejan la información y ambos son responsables de la seguridad de los ficheros. Es conveniente que en éste tipo de operaciones se introduzcan en los contratos cláusulas en las que se obliguen al tratamiento, cancelación o destrucción de los ficheros cuando se hayan dejado de utilizar para la finalidad para la que se cedieron.

3 ¿Qué es un documento de seguridad? Es una memoria donde se plasma la política de seguridad de la empresa, es un documento vivo, se tiene que modificar constantemente a medida que se vayan produciendo variaciones en las medidas de seguridad y organización de la empresa, o sea, cualquier modificación, rectificación ó cancelación de datos se tiene que reflejar en el documento.

4 ¿Yo puedo hacer el documento de seguridad? Se puede hacer en la propia empresa o por alguien externo, pero siempre teniendo en cuenta una estructura clara de todas las medidas de seguridad que se tienen que incorporar.

5 ¿Qué criterio se sigue para las visitas de los inspectores? Hoy por hoy se inspecciona de oficio generalmente a las empresas con gran volumen como por ejemplo a los bancos, empresas de seguros, empresas de telecomunicaciones…y al resto de empresas medianas y pequeñas se les suele inspeccionar por denuncia, puede ser por denuncia de un particular al que no se le han dado las opciones de ejercer sus derechos de cancelación ó modificación de sus datos, o por clientes o trabajadores insatisfechos. Un problema nuevo que está surgiendo es que los sindicatos utilizan la protección de datos o la no implantación de la misma en las empresas como medio de negociación en los despidos.

Yo recibo muchos correos electrónicos de empresas a las que no he dado los datos de mi empresa, ¿están incumpliendo la Ley de protección de datos? Este es un tema relacionado con la prospección comercial de datos, si esos datos que dices están en fuentes públicas no incumplen la Ley, pero es muy importante que en esas comunicaciones que te llegan a tu empresa te den la posibilidad de ejercer tus derechos de modificación, cancelación o rectificación de los datos, si no te facilitan o te dan la posibilidad de ejercer tus derechos y darte de baja, están incumpliendo la Ley.

7 Con respecto a las encuestas telefónicas, siempre me piden o disponen de datos que yo no he dado a nadie. En principio esas encuestas deberían ser grabadas y comunicarte quien es el titular de la información y donde y como ejercer sus derechos antes de empezar a hacerte la encuesta.

8 Mi empresa no tiene nada hecho de protección de datos ¿a qué sanciones nos enfrentamos? Las infracciones y sanciones son de tres tipos:
o Infracción leve: sanción prevista de entre: 601,01€ a 60.101,21€

o Infracción grave: sanción prevista de entre: 60.101,21€ a 300.506,05€

o Infracción muy grave: sanción prevista de entre: 300.506,05 a 601.012,10€

9 ¿Cuáles son los niveles de protección?
o Nivel básico: Identificativos, económicos y profesionales.
o Nivel medio: Información fiscal.
o Nivel especialmente protegido: salud, creencias, ideología, tendencia sexual

Tambien dejamos el documento en pdf por si a alguién le interesa descargarselo.

Su difusión y reproducción está autorizada, pero no así el uso de sus contenidos sin referencia a la fuente.

conclusiones-desayuno_27_mayo_2008

“NOVEDADES DEL NUEVO REGLAMENTO DE LA LOPD. RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA”

Desayunos Profesionales.

Ya tenemos aquí una nueva edición de nuestros Desayunos, que se celebrará el día 27 de mayo, en el que trataremos las novedades que ha traído el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales, aprobado mediante el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, y que ha entrado en vigor el pasado 21 de abril.

Así esta vez el tema del Desayuno es el siguiente:

NOVEDADES DEL NUEVO REGLAMENTO DE LA LOPD. RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA

HABLAREMOS SOBRE:

  • Novedades introducidas por el reglamento de la LOPD
  • Medidas de seguridad aplicables a los ficheros automatizados y de papel
  • Régimen de sanciones
  • Especial: Tratamiento de datos para actividades de publicidad y prospección comercial

Dirigido a: Empresarios y emprendedores, Administradores de empresas, Responsables de seguridad, Responsables informáticos, Directores de publicidad y Directores de Marketing

Lugar: Centro de Negocios Eurobuilding, Hotel NH Eurobuilding,

C/ Juan Ramón Jiménez, 8 – 1º Madrid

Fecha y Hora: Martes, 27 de mayo de 2008 de 10 a 11,30 horas

Moderador de la Jornada: Antonio Perea, Abogado.

Inscripciones: Gratuita

Rogamos confirmen su asistencia en el teléfono 91 574 81 39 o enviando un email a madrid@perea-abogados.com

Transportes:

Parking Público: Padre Damián, 36
Metro: Cuzco (Línea 10), Colombia (Líneas 8 y 9)
Autobuses: 150, 147, 40, 27, 14, 11, 7 y circular
Tren de cercanías: Nuevos Ministerios

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Conclusiones al Desayuno Profesional

El día 2 de octubre tuvimos la ocasión de celebrar un Desayuno Profesional con empresarios y profesionales del sector de las nuevas tecnologías alrededor de una efeméride: “El 5º aniversario de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico”. Para analizar la situación de la ley cinco años despues de su aprobación, Perea & Asociados Abogados contó con la presencia de prestigiosos empresarios y emprendedores del sector de las nuevas tecnologías y entretenimiento on line.

Los asistentes fueron:

D. Samuel Arenas de Ask.com

D. Guillermo Santacruz de Vertiche.com

Dª. Nieves Pérez Estevez de Mirubi.com

D. Miguel Sánchez Arbeo de Adara

D. Germán León de AVIVA

D. Francisco Pérez Andres y Dª. María Criado de Dotware.com

D. José Luis Bermejo Crespo y D. Xabier Garcia Nebra de Office World

La reunión fue moderada por Antonio Perea Gala, socio director del despacho, quién hizo una exposición sobre el desarrollo y situación actual de la ley, el estancamiento del desarrollo normativo previsto en la ley, la paralización del Anteproyecto del Ley de Impulso de la Sociedad de la Información, así como lo que ha supuesto el cumplimiento de la ley en el desarrollo de negocios en Internet.

Después de la exposición se abrió un ameno e interesante coloquio entre los presentes, en el cual expusieron sus dudas e inquietudes, algunas de las cuales hemos plasmado en el documento pdf que publicamos en este artículo. conclusiones-desayuno-lssice.pdf

Desayunos Profesionales: ¿Se puede regular Internet?

Después de un tiempo de ausencia volvemos con los Desayunos Profesionales. En esta ocasión lo hacemos en torno a un tema tan de actualidad sobre todo en el mundo online como es la regulación de Internet.

Así el título del Desayuno esta vez es el siguiente:

¿SE PUEDE REGULAR INTERNET?

 

HABLAREMOS SOBRE:

  • Balance de cinco años de aplicación de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSICE).
  • Influencia de la Ley en el desarrollo de empresas en Internet.
  • Niveles de cumplimiento.
  • Novedades que aporta la Ley de Impulso de la Sociedad de la Información.
  • Ventajas e inconvenientes en la aplicación de la normativa.
  • Proyecto de Ley de Conservación de Datos por parte de los prestadores de servicios en Internet.

Ademas de otras propuestas de los asistentes al desayuno.

Dirigido a: Empresarios y emprendedores de empresas on-line. Directivos de empresas de Internet. Responsables de desarrollo de negocios on-line.

Lugar: Centro de Negocios Eurobuilding, Hotel NH Eurobuilding, C/ Juan Ramón Jiménez, 8 – 1º Madrid

Fecha y Hora: Martes 02 de octubre de 10 a 11,30 horas

Moderador de la Jornada: Antonio Perea, Socio Director de Perea & Asociados Abogados

Inscripciones: Gratuita, rogamos confirmen su asistencia en el teléfono 91 574 81 39 o enviando un email a madrid@perea-abogados.com

 

 

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Comienza el curso económico

microsoft.pngDespués de unas semanas de vacaciones, no totalmente desconectado, reanudamos la actividad con renovadas fuerzas y nuevos objetivos.

De entrada me he encontrado con la agradable sorpresa de que tengo tres artículos publicados en el Centro de Empresas y Profesionales de Microsoft, concretamente en el canal de Asesoría Legal.

En concreto el más antigüo y del que ya he hecho referencia en un anterior entrada, se titulaba “La protección jurídica intelectual de las páginas webs”, y trataba sobre la aplicación de la Ley de Propiedad Intelectual a los contenidos y diseños de webs, al ser considerados los mismos como obra, así como los medios de defensa de sus autores.

Además, Microsoft ha publicado otro artículo titulado “Licencias administrativas más significativas para la puesta en marcha de una actividad económica”, en el cual daba un breve repaso a aquellas licencias y autorizaciones más comunes que hay que solicitar ante las diversas administraciones para la apertura y establecimiento de una actividad económica o un negocio.

Y también ha publicado un artículo titulado “La conservación de los datos generados en las comunicaciones electrónicas en el ámbito Europeo”, en esta ocasión hablaba sobre la normativa que se encuentra en tramitación parlamentaria, en trasposición de la aprobación en el Parlamento Europeo la Directiva 2006/24/CE, sobre la conservación de datos generados o tratados en relación con la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas de acceso público o redes públicas de comunicaciones, como herramienta útil y eficaz en la lucha contra delitos tan graves como el terrorismo, el crimen organizado o el narcotráfico.

Pero además, y la satisfacción es doble, este último artículo ha sido incluido en la newslletter que envía Microsoft a los suscriptores del Boletín de Asesoría Legal.

Negocio de Apuestas Deportivas y Juego a través de Internet

first.png

Ayer estuve invitado por Carlos Blanco al First Tuesday que se celebraba en Madrid, en un interesante acto en el que se habló sobre el Negocio de Apuestas Deportivas y Juego a través de Internet.

El panel de expertos estuvo formado por Xavier Jane (888.com), Jaime Ferre (OcioMedia / MundiJuegos.com) y Antonio Pulido (Automáticos Aranjuez).

Al evento asistieron unas 80 personas y se trataron temas tan interesantes como la competencia entre el sector on line, y el sector tradicional del juego en España; la actual regulación normativa del juego en nuestros pais, y la incidencia de la transferencia de competencias a las comunidades autónomas; la publicidad sobre juego en España, con especial enfásis en el patrocinio del deporte y de algunos clubes de fútbol; y, … como no, sobre la fiscalidad del juego.

En fin multitud de temas interesantes, y sobre todo la posibilidad de ir profundizando en un sector cada vez más importante, y con mayor peso económico en nuestro país.

Las webs y su proteccion intelectual, en Microsoft

En mi artículo de Microsoft Centro de empresas y profesionales, titulado “La protección jurídica intelectual de las páginas web“, realizo una reflexión sobre algo sobre lo habitualmente las empresas y los diseñadores olvidan, y es que la web es una creación, y su autor merece igual proteccion legal que el autor de una obra literaria, pictórica, musical, …

En la misma linea nos encontramos cuando lo que se produce es una divulgación de una obra por internet. La protección jurídica es la misma. Así en el artículo expongo algunas de las medidas cautelares y acciones que permite la Ley de Propiedad Intelectual.

¿Como realizar un correcto emailing?

correo.jpgAl hilo de la entrada de ayer sobre la red de contactos, hay que considerar que nuestra red de contactos y nuestras bases de datos las gestionamos y las conformamos con el objetivo de promocionar y comunicar nuestro negocio o novedades sobre él, como por ejemplo, nuevos servicios y productos, cambios de domicilio, operaciones importantes, joint ventures, acuerdos, etc…

El marketing y la prospección comercial ha avanzado a pasos agigantados en nuestra sociedad, pasando de la arcaica actividad comercial consistente en el reparto de folletos publicitarios, hasta llegar al límite del prohibido e irrespetuoso spamming en Internet.

Por tanto, resulta necesario encontrar formas inocuas, neutras que permitan desarrollar la actividad comercial al amparo de la legalidad.

Son muchas las normas reguladoras de este tratamiento de datos con fines comerciales vía Internet, así como no podía ser menos, destacamos algunas de ellas: la LOPD 15/1999, Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal; LSSICE 34/2002, Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico; LGTel 32/2003, Ley General de Telecomunicaciones; la DIRECTIVA EUROPEA 2003/31/CE, relativa a determinados aspectos jurídicos de los servicios de la sociedad de la información, en particular el comercio electrónico en el mercado interior; y la DIRECTIVA EUROPEA 2002/58/CE, relativa al Tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas.

Antes de comenzar a hablar someramente del correo electrónico comercial o “email marketing” y de los requisitos que se deben cumplir para que éste sea legítimo, debemos primeramente diferenciarlo del spam.

El spam, mediante el servicio de correo electrónico, nació el 5 de Marzo de 1994, consistente en el envío de mensajes no solicitados, de tipo publicitario, en cantidades masivas, apto para utilizarse por diferentes vías, por ejemplo mediante correo electrónico, teléfonos móviles, mensajería instantánea, etc. Por lo que generalmente es enviado sin el permiso explícito de los receptores, lo que provoca que, obviamente, el spam esté totalmente prohibido por nuestra legislación.

Por lo que respecta al correo electrónico comercial, éste debe ser legítimo y para ello es necesario que cumpla con los mandatos contenidos tanto en la LOPD como en la LSSICE.

La LOPD 15/1999, impone a las empresas, cuando realizan actividades de prospección comercial, una serie de obligaciones para asegurarse un correcto tratamiento de las direcciones de correo electrónico, puesto que las mismas son consideradas también datos de carácter personal dignos de protección. Las empresas que traten este tipo de datos deben cumplir una serie de principios imprescindibles y básicos.

Estos principios son los relativos a la finalidad de los ficheros, a la exactitud de los datos registrados, a la lealtad en la manera de recabarlos, a permitir el acceso individual de los titulares de los mismos, a la adopción de las medidas de seguridad necesarias para protegerlos y a obtener el consentimiento de los interesados para recabarlos y tratarlos.

Los datos se pueden recabar directamente del propio interesado o a través de fuentes accesibles al público.Por lo que se refiera a los datos recabados directamente del propio interesado, éstos deberán ser informados de modo expreso, previo e inequívoco sobre la existencia de un fichero, la finalidad de la recogida de esos datos, la identidad y dirección del responsable del tratamiento, del carácter obligatorio o facultativo en las respuestas a las preguntas planteadas, de las consecuencias de la obtención de los datos y sobre todo de la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

Si por el contrario los datos son recabados de fuentes de acceso público, no será necesario recabar el consentimiento de los interesados. Se consideran fuentes de acceso público el censo promocional, los listines telefónicos, los listados profesionales, los medios de comunicación y por último los diarios y boletines oficiales.

Es recomendable evitar las cesiones o comunicaciones de direcciones de correo electrónico a terceros, salvo que sea para el cumplimiento de fines directamente relacionados con las funciones del cedente y el cesionario o que se cuente con el previo consentimiento del interesado.En el tratamiento de datos de carácter personal es imprescindible permitir a los titulares de los mismos el derecho de rectificación y cancelación, oposición y acceso a los mismos, de forma gratuita y sin complicación de los procedimientos para ello.

Por tanto las claves para el cumplimiento de la LOPD son:

- Registrar el fichero en la Agencia de Protección de Datos.

- Establecer las medidas de seguridad adecuadas al tipo de dato recabado (nivel básico, medio y alto).

- Obtener el consentimiento expreso e inequívoco de los titulares de los datos.

- Informar a los afectados de sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de los mismos.

Por lo que respecta a las obligaciones o recomendaciones de la LSSICE 34/2002 , fundamentalmente señalar la prohibición que su artículo 21.1 contiene sobre el envío de correos electrónicos u otros medios de comunicación de contenido promocional que no hubiesen sido solicitados por los titulares de los datos o expresamente autorizado para ello, a excepción de supuestos en los que exista una relación contractual previa, siempre que el prestador hubiese obtenido de forma lícita los datos de contacto del destinatario y los emplease para el envío de comunicaciones comerciales referentes a productos o servicios de su propia empresa que sean similares a los que inicialmente fueron objeto de su contratación con el cliente.

Siempre se deberá ofrecer al destinatario de los envíos con fines promocionales la posibilidad, en cualquier momento, de oponerse al tratamiento de sus datos, repetimos que deberá hacerse mediante procedimientos sencillos y gratuitos.

Y por último, no olvidar nunca indicar en el propio mensaje que se trata de publicidad. Si seguimos cada una de las pautas que nos marca el legislador, estaremos desarrollando una legítima comunicación comercial.

Entrevista en Periodista Digital

El pasado jueves día 31 de mayo acudí a la I Jornada de Negocios de Networking Activo, organizada por Emilio Marquez y su equipo.

Este es el primer evento de este tipo, networking contínuo, que se celebra en España. Fue un acto muy interesante donde tuve la ocasión de conocer a emprendedores y empresarios sobre todo del mundo de internet y las nuevas tecnologías.

Fue un día intenso desde primeras horas de la mañana, hasta la noche. Tuve la ocasión de además de conocer gente muy interesante, con proyectos empresariales diversos, así como asistir a una presentación llevada a cabo por Ruben Garcia de Zentrica, sobre inversiones e inversores, no solo en el mundo inmobiliario.

Además también fui entrevistado por Periodista Digital donde tuve ocasión de dar a conocer nuestro despacho. A continuación aparece el vídeo con la entrevista.


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